despacho@barbajero.es Solicitar consulta
Libertad y responsabilidad

Alcoholemia y delitos al volante: multa, juicio rápido y retirada del carné

Dar positivo en un control de alcoholemia puede acabar en una multa administrativa o en un proceso penal, según la tasa y las circunstancias. En los casos penales el juicio suele celebrarse en pocos días, por lo que conviene hablar con un abogado antes de acudir al juzgado.

Francisco J. Augusto-Barbajero · Abogado · Revisado en septiembre de 2026

1. Las tasas: infracción o delito

Infracción administrativa
Conducir con más de 0,25 mg/l en aire espirado (0,5 g/l en sangre), o más de 0,15 mg/l (0,3 g/l) si es conductor novel, con menos de dos años de carné, o profesional. Se sanciona con multa de 500 euros y la pérdida de 4 puntos, o de 1.000 euros y 6 puntos si se supera el doble de la tasa permitida. La multa también es de 1.000 euros si ya fue sancionado por lo mismo en el año anterior.
Delito
Conducir con más de 0,60 mg/l en aire (1,2 g/l en sangre) es siempre delito. Con una tasa menor también puede serlo si el conductor muestra una clara influencia del alcohol, como dificultad para hablar o mantener el equilibrio o una conducción errática. Lo mismo ocurre con las drogas.

A lo largo de 2026 se ha propuesto en varias ocasiones rebajar la tasa general. A la fecha de esta guía, esa reforma no está aprobada ni publicada en el BOE, y las tasas indicadas siguen en vigor.

Art. 20 del Reglamento General de Circulación; art. 80 y anexo II del texto refundido de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial; art. 379.2 del Código Penal.

2. La prueba y sus garantías

Arts. 22 a 24 del Reglamento General de Circulación; art. 383 del Código Penal.

3. Otros delitos contra la seguridad vial

Exceso de velocidad
Superar en más de 60 km/h el límite en vía urbana o en más de 80 km/h en vía interurbana.
Conducir sin permiso
Conducir sin haberlo obtenido nunca, tras perder todos los puntos o estando privado del permiso por un juez.

El delito de alcoholemia y el de velocidad se castigan con prisión de tres a seis meses, o multa, o trabajos en beneficio de la comunidad, y en todo caso con la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Conducir sin permiso se castiga con prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad. Si la privación del permiso supera los dos años, se pierde su vigencia y hay que volver a obtenerlo. Una condena, además, genera antecedentes penales.

Arts. 47, 379 y 384 del Código Penal.

4. El juicio rápido

  1. Citación. Los agentes elaboran un atestado y le citan ante el juzgado de guardia, normalmente en pocos días.
  2. Abogado. Puede acudir con el abogado que elija o con uno de oficio. Conviene preparar la comparecencia con él y revisar el atestado y las pruebas practicadas.
  3. Conformidad. Si la prueba es sólida, puede aceptarse la pena propuesta por el fiscal ante el propio juzgado de guardia: la ley la reduce en un tercio.
  4. Juicio. Si hay motivos para defenderse, como defectos en la prueba o en el etilómetro, el asunto pasa a juicio ante el juzgado de lo penal y se pierde la reducción.

Arts. 795 y 801 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

5. Consecuencias en el seguro

Si causa un accidente, el seguro obligatorio indemnizará a las víctimas, pero la aseguradora puede después reclamar al conductor lo pagado cuando conducía bajo la influencia del alcohol o las drogas. Además, muchas pólizas excluyen en esos casos la cobertura de los daños del propio vehículo y del conductor. Revise las condiciones de su póliza.

Art. 10 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Si ha dado positivo en un control o ha sido citado a un juicio rápido, envíe la citación y la documentación que le entregaron los agentes. Se revisarán el atestado y la prueba y se le indicará si conviene aceptar la conformidad o defenderse.

Solicitar consulta

Información general y orientativa. Cada caso tiene sus particularidades: consúltelo con su abogado antes de que venza cualquier plazo.