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Libertad y responsabilidad

Delitos informáticos: accesos a cuentas, chantajes y ataques a su ordenador

Que alguien entre en su correo o en sus redes, le bloquee el ordenador y le pida un rescate o le chantajee con publicar imágenes suyas son delitos, aunque el autor esté lejos o no se conozca. Lo que se haga en las primeras horas condiciona la posibilidad de recuperar el control y de probar lo ocurrido.

Francisco J. Augusto-Barbajero · Abogado · Revisado en septiembre de 2026

1. Qué conductas son delito

Acceso ilícito
Entrar sin autorización en un sistema informático, una cuenta de correo o un perfil ajeno saltándose sus medidas de seguridad, o mantenerse dentro contra la voluntad de su titular. Es delito aunque no se copie ni se modifique nada.
Descubrimiento de secretos
Apoderarse de mensajes, correos o documentos de otra persona, o interceptar sus comunicaciones, para conocer su intimidad. Ocurre, por ejemplo, cuando se revisa a escondidas el móvil de la pareja o se instala una aplicación espía. Difundir lo obtenido agrava la pena.
Daños informáticos
Borrar, dañar, alterar o hacer inaccesibles datos, programas o documentos electrónicos ajenos, o interrumpir el funcionamiento de un sistema. Es la figura que se aplica, entre otras, a los ataques de ransomware, que cifran los archivos y exigen un pago para liberarlos.
Sextorsión
Amenazar con difundir imágenes íntimas, reales o no, para obtener dinero o más imágenes. Constituye, según el caso, un delito de amenazas o de extorsión, además de un delito contra la intimidad si se llegan a difundir.
Fraude informático
Obtener un beneficio económico manipulando un sistema informático o usando sin permiso tarjetas o datos de pago ajenos. La devolución de cargos no autorizados por parte del banco se explica en la guía sobre denuncias y procesos penales.

Arts. 197, 197 bis, 243, 249, 264 y 264 bis del Código Penal. Tras la reforma de la Ley Orgánica 14/2022, la estafa informática está en el art. 249.

2. Qué hacer si es usted la víctima

  1. No pague ni negocie. Pagar un rescate o un chantaje no asegura que se devuelvan los datos o que no se publiquen las imágenes, y marca a la víctima como alguien dispuesto a pagar.
  2. Aísle y recupere. Si un equipo está infectado, desconéctelo de la red sin formatearlo. Cambie las contraseñas desde un dispositivo limpio, empezando por el correo, y active la verificación en dos pasos.
  3. Conserve las evidencias: mensajes de chantaje, direcciones de correo, perfiles, avisos de inicio de sesión, capturas con fecha y hora y, si hubo pagos, justificantes. En asuntos relevantes, un perito informático puede extraer y documentar la prueba sin alterarla.
  4. Denuncie ante la Policía Nacional o la Guardia Civil, que cuentan con unidades especializadas en delitos tecnológicos, aportando todo lo reunido.
  5. Pida orientación en la línea 017 del INCIBE, gratuita y confidencial, también disponible por WhatsApp y Telegram.

3. Si el ataque afecta a su negocio

Para un autónomo o una pequeña empresa, un ataque que cifra o roba los datos no es solo un problema técnico. Si afecta a datos personales de clientes, trabajadores o proveedores, se trata de una brecha de seguridad que, por regla general, debe notificarse a la Agencia Española de Protección de Datos en un plazo de 72 horas desde que se conoce, salvo que sea improbable que suponga un riesgo para las personas afectadas. Cuando el riesgo es alto, también hay que informar a estas.

Conviene documentar desde el primer momento qué ha ocurrido, qué datos se han visto afectados y qué medidas se han adoptado, y revisar si el seguro contratado cubre este tipo de incidentes.

Arts. 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679, general de protección de datos.

4. Si le investigan a usted

Las investigaciones por delitos informáticos suelen empezar con la intervención del móvil o del ordenador. Conviene conocer las garantías:

Cuando el acceso se ha hecho sin respetar estas garantías, la prueba obtenida puede ser declarada nula.

Arts. 588 bis a y 588 sexies a a 588 sexies c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; art. 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si ha sufrido un acceso a sus cuentas, un chantaje o un ataque informático, o le han intervenido un dispositivo en una investigación, envíe un breve resumen de lo ocurrido y la documentación que conserve. Se estudiará el caso y se le indicará cómo proceder.

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Información general y orientativa. Cada caso tiene sus particularidades: consúltelo con su abogado antes de que venza cualquier plazo.