Si reclamo el despido, ¿pierdo el paro?
La consulta
El cliente viene con el móvil en la mano: su cuñado le ha escrito tres mensajes desde que salió de casa.
Me han despedido y quiero reclamar, pero mi cuñado dice que si reclamo no me dan el paro hasta que salga el juicio.
Su cuñado mezcla dos cosas que van por carriles distintos. Puede reclamar el despido y cobrar el paro a la vez. Es más: conviene hacer las dos cosas enseguida.
¿Y cuánto tiempo tengo para pedirlo?
Quince días hábiles desde el cese; si le pagaron vacaciones que no disfrutó, desde que terminan. Si se le pasa, no lo pierde entero, pero sí los días de retraso.
¿Y cuánto cobraría?
El 70 % de su base reguladora los primeros seis meses y el 60 % después, con unos mínimos y máximos. La duración depende de lo cotizado en los últimos seis años: de cuatro meses a dos años.
¿Y si me sale un trabajo mientras cobro?
Comuníquelo al SEPE antes de empezar. Trabajar sin avisar es una infracción muy grave: supone perder la prestación y devolver lo cobrado.
¿Y si me lo deniegan?
Reclamación previa ante el SEPE en treinta días hábiles y, si no prospera, demanda. Y a su cuñado, dígale que se lo ha explicado un abogado. Así la sobremesa del domingo dura menos.
Personajes y situaciones ficticios. Información general; no sustituye al asesoramiento sobre su caso.
Qué dice la ley hoy
- Da derecho a la prestación la situación legal de desempleo (despido, fin de contrato temporal, entre otras), con al menos 360 días cotizados en los seis años anteriores.
- Se solicita en 15 días hábiles; fuera de plazo se pierden los días de retraso. Reclamar el despido no impide cobrarla.
- Cuantía: 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y 60 % después, con mínimos y máximos. Duración: de 120 a 720 días.
- Contra las resoluciones del SEPE cabe reclamación previa en 30 días hábiles y, después, demanda en otros 30.
Arts. 266 a 270 de la Ley General de la Seguridad Social; arts. 24, 25 y 47 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social; art. 71 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Qué hacer en Asturias
Hay que inscribirse como demandante de empleo en el servicio público de empleo del Principado, Trabajastur, y solicitar la prestación al SEPE, por su sede electrónica o en sus oficinas.
Guía práctica Prestación y subsidio por desempleo: requisitos, plazos y reclamaciones Quién tiene derecho, cuánto se cobra, compatibilidad con un empleo y cómo reclamar al SEPE.Si el SEPE le ha denegado el paro o el subsidio, le reclama una devolución o le ha impuesto una sanción, envíe la resolución y la fecha en que la recibió. Se estudiarán los motivos y se le indicará si procede reclamar.
Solicitar consultaInformación general y orientativa. Cada caso tiene sus particularidades: consúltelo con su abogado antes de tomar una decisión.