Nos casamos: ¿gananciales o separación de bienes?
La consulta
El cliente trae una lista de invitados en el bolsillo y la fecha de la boda subrayada dos veces.
Nos casamos en septiembre en Cudillero. Mi novia quiere separación de bienes y yo lo veo como desconfianza. Como si ya estuviéramos pensando en el divorcio.
Es una conversación más romántica de lo que parece: se trata de decidir cómo van a compartir. Si no hacen nada, en Asturias se aplica el régimen de gananciales.
¿Y eso qué significa, en cristiano?
Que lo que ganen durante el matrimonio, sueldos incluidos, y lo que compren con ese dinero es de los dos. Lo que cada uno tenía antes, o lo que herede, sigue siendo suyo.
Ella tiene un piso que compró antes, con hipoteca.
Ahí hay miga. Si después de la boda la hipoteca se paga con dinero común, el piso pasará a ser en parte ganancial, en proporción a lo pagado. Por eso conviene hablarlo antes.
¿Y con separación de bienes, cada uno lo suyo y ya está?
Cada uno es dueño de lo suyo y responde de sus deudas, y los dos contribuyen a los gastos de la casa. El trabajo en casa también cuenta como contribución. Se hace ante notario, en capitulaciones.
¿Y si nos equivocamos, se puede cambiar?
Sí, en cualquier momento, también ante notario. Lo único que no conviene es no hablarlo: el silencio también elige régimen, y elige gananciales.
Personajes y situaciones ficticios. Información general; no sustituye al asesoramiento sobre su caso.
Qué dice la ley hoy
- En los territorios de Derecho civil común, como Asturias, el régimen supletorio es la sociedad de gananciales. Depende de la vecindad civil de los cónyuges.
- Son gananciales los ingresos de cualquiera de los dos y lo adquirido con dinero común; son privativos los bienes anteriores al matrimonio y los recibidos por herencia o donación. La vivienda comprada antes y pagada después con dinero común es en parte ganancial.
- Las capitulaciones se otorgan en escritura pública, antes o durante el matrimonio.
- La vivienda familiar no puede venderse ni hipotecarse sin el consentimiento de ambos, en cualquier régimen.
Arts. 1315, 1316, 1320, 1325 a 1335, 1346, 1347, 1354 y 1438 del Código Civil.
Qué hacer en Asturias
Las capitulaciones se firman en cualquier notaría y se hacen constar en el Registro Civil. Las parejas de hecho no tienen régimen económico legal: la Ley asturiana de Parejas Estables les permite pactarlo por escrito, y conviene hacerlo.
Guía práctica Gananciales o separación de bienes: el régimen económico del matrimonio Qué es común y qué privativo, capitulaciones, vivienda familiar, liquidación y parejas de hecho.Si quiere elegir o cambiar su régimen económico, o necesita liquidar los gananciales tras un divorcio o un fallecimiento, envíe un breve resumen de su situación y de los bienes principales. Se estudiará su caso y se le indicará la forma más adecuada de hacerlo.
Solicitar consultaInformación general y orientativa. Cada caso tiene sus particularidades: consúltelo con su abogado antes de tomar una decisión.