Tuve un golpe leve con el coche y ahora me duele el cuello: ¿puedo reclamar?
La consulta
El cliente entra girando todo el cuerpo para mirar la puerta. El cuello no le acompaña.
Ayer me dieron un golpe por detrás en un semáforo de la avenida de Galicia. Un toque. Rellenamos el parte amistoso y cada uno a su casa. Hoy me he levantado y no puedo girar el cuello.
El cuello suele avisar al día siguiente, cuando el parte ya está firmado. ¿Ha ido al médico?
Pensaba esperar a ver si se pasa. No quiero parecer un aprovechado.
Vaya hoy. Las aseguradoras y los juzgados miran mucho que la asistencia sea temprana. Si espera una semana, le dirán que el dolor pudo venir de cualquier sitio.
¿Y después llamo a la aseguradora del otro?
Primero avise a la suya: tiene siete días. Después se presenta una reclamación previa a la aseguradora del responsable, con los informes médicos. Tiene tres meses para hacerle una oferta motivada.
¿Y si me ofrecen cuatro perras?
Se negocia o se reclama en el juzgado. Aceptar un pago a cuenta no le impide pedir la diferencia. La indemnización se calcula con un baremo legal: días de curación, secuelas y gastos.
¿Hay prisa?
Menos que para ir al médico, que es hoy. Para reclamar hay un año, que en las lesiones cuenta desde el alta. Guarde todos los informes y facturas, hasta la del último analgésico.
Personajes y situaciones ficticios. Información general; no sustituye al asesoramiento sobre su caso.
Qué dice la ley hoy
- La víctima tiene derecho a ser indemnizada por el seguro del responsable, por daños materiales y lesiones, según el baremo legal de la Ley 35/2015.
- Hay que avisar a la propia aseguradora en siete días y presentar una reclamación previa a la aseguradora del responsable antes de demandar.
- La aseguradora tiene tres meses para presentar una oferta o una respuesta motivada; si no lo hace, debe intereses de demora.
- La acción prescribe, por regla general, al año: en las lesiones, desde el alta o la estabilización de las secuelas.
Art. 7 del RDL 8/2004; arts. 16 y 20 de la Ley de Contrato de Seguro; Ley 35/2015.
Qué hacer en Asturias
La asistencia puede recibirse en urgencias de cualquier hospital o centro de salud del SESPA. Si el vehículo responsable no tiene seguro o se da a la fuga, indemniza el Consorcio de Compensación de Seguros.
Guía práctica He tenido un accidente de tráfico: cómo reclamar la indemnización Parte amistoso, atención médica, reclamación a la aseguradora, oferta motivada, plazos y Consorcio.Si ha sufrido un accidente de tráfico, envíe un breve resumen, la fecha y los informes médicos de que disponga. Se revisará la oferta de la aseguradora, si la hay, y se le indicará si la indemnización es adecuada.
Solicitar consultaInformación general y orientativa. Cada caso tiene sus particularidades: consúltelo con su abogado antes de tomar una decisión.